viernes, 2 de septiembre de 2016

UNA ASOCIACION DE JUEZAS QUE NO ADMITE HOMBRE HETEROS: DICE QUE ES SEXISTA LA ELECCION DE VOCALES EN EL C G P J. ¿ES IGUALDAD DISCRIMINAR A LOS HOMBRES?

Gloria Poyatos, presidenta de la Asociación de Mujeres Juezas de España, es magistrada del Tribunal Superior de Justicia de Canarias.

MANIFESTACIONES
Cualquier sistema electoral que se pretenda implementar, en el caso que el Partido Popular pueda formar gobierno en esta legislatura y que haga honor al acuerdo con Ciudadanos, tiene que contemplar lo establecido en la Ley 3/2007, que establece que no puede haber más de un 60 por ciento ni menos de un 40 por ciento de hombres o mujeres”, afirma la presidenta de la AMJE, Gloria Poyatos, que es magistrada del Tribunal Superior de Justicia de Canarias.
ANALISIS: MI PADRE SIEMPRE DECIA, QUE PARA HABLAR HAY QUE DAR EJEMPLO, UNA ASOCIACION ANTI-PARITARIA, QUE PIDA PARIDAD, COMO MINIMO ES CURIOSO ¿QUE OPINAN USTEDES?
POR OTRA PARTE, LOS PUESTOS DEBEN SER DADOS POR LA CAPACIDAD DE TRABAJO, MERITOS Y CAPACIDADES. NO POR EL SEXO QUE TENGAS, IDEOLOGIA, O CUALQUIER OTRO SISTEMA DISCRIMINATORIO.  POR MERITO DEL INDIVIDUO.  
ME GUSTARIA SABER QUE PENSARIA, LA SEÑORA POYATOS, SI ELLA TUBIESE UNA LEY ESPAÑOLA, QUE LE DISCRIMINARA A ELLA, POR SER MUJER Y LE IMPUSIESEN PENAS SUPERIORES POR SER MUJER O SE LE ELIMINASE LA PRESUNCION DE INOCENCIA POR SER MUJER, O TUBIESE TRIBUNALES SOLO PARA MUJERES Y CON DELITOS SOLO PARA MUJERES.

MAS MANIFESTACIONES DE LA SEÑORA POYATOS:

De acuerdo con Poyatos, esta sería una buena oportunidad para avanzar en la dirección de la igualdad, combatiendo el “machismo institucional” y rompiendo el “techo de cristal” que impide que las mujeres ocupen los puestos que les corresponden.

¿AVANZAR EN IGUALDAD ES HACER UNA ASOCIACION SOLO DE JUEZAS, PREGUNTO?

ANALICEMOS LOS ESTATUTOS PARITARIOS E IGUALITARIOS

ESTATUTOS ASOCIACIÓN MUJERES JUEZAS DE ESPAÑA (A.MJ.E.)

CAPITULO II.- DE LAS ASOCIADAS/OS, PROCEDIMIENTO DE ADMISION Y PÉRDIDA DE LA CUALIDAD DE SOCIA/O.
 Articulo 6.- Socia/o.
Podrán ser integrantes de la Asociación de Mujeres Juezas de España (AMJE), las personas físicas, mayores de edad, con capacidad de obrar, no sujetas a ninguna condición legal para el ejercicio del derecho de asociación, que participen del objeto de la AMJE y de su finalidad y que estén en disposición de participar en la consecución de los objetivos descritos en el Artículo 2º de los presentes Estatutos. Se establecen tres tipologías diferentes de asociadas/os , a las que se referirá más adelante , con y sin derecho a voto.
VEAMOS PUES EL ARTICULO 2
Articulo 2.- FINES:
La Asociación de Mujeres Juezas de España (AMJE), parte de la necesidad de informar, concienciar y sensibilizar a la ciudadanía en general y a las/os juezas/es en particular sobre la necesidad impostergable de la defensa de los derechos humanos de todos/as, pero en particular de las mujeres y las niñas, con el objetivo de ayudar a mejorar el nivel de vida de las mismas y la promoción y defensa de los derechos de las mujeres , ante la constatación de una generalizada situación de desigualdad por razones de género, así como ante la existencia de violencia frente a las mujeres y las niñas.
Igualmente la AMJE hace suyos los principios y fines de la Asociación Internacional de Mujeres Juezas (IAWJ), para seguir el ejemplo de la citada Asociación de género ,de juezas, de ámbito internacional.

ANALISIS: OSEA, INFORMAR, CONCIENCIAR Y SENSIBILIZAR A LA CIUDADANIA EN GENERAL OSEA A TODOS NOSOTROS Y A JUEZAS Y JUECES EN PARTICULAR OSEA A SUS LOS JUECES QUE NO DEBEN TENER IDEOLOGIA, SER APOLITICOS Y NEUTROS DE IDEOLOGIAS, OSEA LO MAS IMPARCIALES POSIBLES.  SI HUBIESEN DICHO EL OBJETIVO DE LOS DERECHOS HUMANOS DE TODOS, TODOS HUBIESEMOS DICHO OSEA IGUALDAD A TODOS, PERO NO EN PARTICULAR A MUJERES Y NIÑAS, OSEA SOLO MUJERES. OSEA QUE ESO DE TODOS Y TODAS NADA SE CENTRARAN EN TODAS.  
AQUI ME ENTERO QUE HAY UN GRUPO INTERNACIONAL DE JUEZAS FEMINISTAS SOLO PARA MUJERES Y SUS DERECHOS.  OSEA JUEZAS INTERNACIONALES DE GENERO, CURIOSO. 
Artículo 7.- Procedimiento de Admisión
            La condición de asociada/o se adquirirá, de forma provisional, a solicitud de la interesada/o por escrito, y con el aval de dos socias activas de la AMJE, dirigido a la Junta Directiva, manifestando su voluntad de contribuir al logro de los fines de la Asociación y también la voluntad de asumir el resto de obligaciones inherentes a la cualidad de asociada/o, de acuerdo con las distintas tipologías, que se referirán más adelante.
La Presidenta o la Secretaria deberán entregar a la interesada/o constancia escrita de su solicitud e incluirá en el orden del día de la siguiente reunión de la Junta Directiva a la que le corresponderá ratificar la admisión de las/os nuevas/os asociadas/os.
ANALISIS: OSEA QUE PARA SER UN ASOCIADO O ASOCIADA, SE NECESITA SOLICITUD DEL INTERESADO O INTERESADA POR ESCRITO Y QUE DOS JUEZAS FEMINISTAS SOCIAS TE ACEPTEN, Y QUE MANIFIESTE SU VOLUNTAD "FEMINISTA" POR LO VISTO.  VEMOS QUE EN ESTE ARTICULO DEJAN CLARO QUE EL ASOCIADO O ASOCIADA PUEDE SER ADMITIDO.
Artículo 8.- Clases de Asociadas/os    
Habrá tres clases de socias/os:
1)-Socias/os Activas/os
1)-Socia/o Activa/o : Podrá ser socia activa toda mujer jueza o magistrada perteneciente a la carrera judicial española o en servicios especiales , en servicio activo o en situación de excedencia por cuidado de hijo o familiar dependiente o por razón de violencia contra la mujer o bien disfrutando de permisos o licencias por tales motivos , de cualquier instancia judicial incluido el Tribunal Constitucional español, así como las juezas en prácticas y alumnas de la escuela judicial.
QUIEN PUEDE SER SOCIO O SOCIA ACTIVA, SOLO PODRA SER SOCIA TODA MUJER JUEZA O MAGISTRADA PERTENECIENTE A LA CARRERA JUDICIAL ESPAÑOLA. ACABARAMOS SOLO PARA MUJERES. LOS HOMBRES HETEROS ESTAN DISCRIMINADOS Y LOS NO HETEROS TAMBIEN. TODOS. 
CURIOSO, NO SE MUCHO DE LEYES... PERO HE ENCONTRADO ESTA DE LA CONSTITUCION ESPAÑOLA 
Artículo 14
    Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

SI ESTAS SEÑORAS JUEZAS "FEMINISTAS" QUE NO TOLERAN A HOMBRES HETEROS O NO HETEROS EN SU ORGANIZACION.  ¿PORQUE PIDEN ESO DE LA PARIDAD EN C G P J, ESPERO QUE NO SEA PARA IMPONER SUS DOCTRINAS FEMINISTAS Y CONSEGUIR EL CONTROL DEL C. G. P . J? PREGUNTO.

¿LOS HOMBRES TENDREMOS QUE TEMER O ESPERAR DISTINTO TRATO, EN LOS JUICIOS, ANTE JUEZAS QUE NO ADMITEN HOMBRES COMO IGUALES EN SUS ASOCIACIONES, CUANDO ESTAS JUEZAS HAGAN VEREDICTOS JUDICIALES, HABRA QUE IMPUGNAR SENTENCIAS POR CAUSA DE SER IDEOLOGAS "FEMINISTAS", QUE NO ADMITEN HOMBRES EN SUS ASOCIACIONES DE JUEZAS, PREGUNTO?

¿OS HABEIS DADO CUENTA QUE LOS HOMBRES Y MUJERES JUECES NO FEMINISTAS, CREAN ASOCIACIONES DE JUECES SIN DISCRIMINACION POR RAZON DE SEXO?
¿BUSCA UNA ASOCIACION ESPAÑOLA DE JUECES HOMBRES QUE DISCRIMINEN A LA MUJER EN SU ASOCIACIÓN?



DOCUMENTACION

http://www.mujeresjuezas.es/?page_id=38


https://ifvmes.wordpress.com/2016/09/02/de-chiste-una-asociacion-de-juezas-que-no-admite-hombres-critica-por-sexista-la-eleccion-de-vocales-en-el-cgpj/


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